“Todos los municipios demandados deben recopilar y entregar a los demandantes (testigos de Jehová) una forma de acceso a todas las urbanizaciones con control de acceso sin guardia de seguridad localizadas en sus ayuntamientos. Dependiendo de la forma de acceso, cada urbanización debe entregar a los demandantes una llave, un código de acceso, beeper, o cualquier otro dispositivo necesario para permitir la entrada a la urbanización. El tipo de acceso que se provea a los demandantes debe ser igual que el que tienen los residentes de esas urbanizaciones y deben conceder acceso sin ninguna restricción a los demandantes”, reza la orden de tres páginas de Gelpí.
El juez federal indicó que los municipios deben de cumplir en o antes del 17 de abril y los que fallen en hacerlo recibirán una multa de 100 dólares diarios hasta que cumplan. Los municipios demandados son Bayamón, Ponce, Dorado, Gurabo, Caguas, Santa Isabel, San Juan y Trujillo Alto.
“Los demandantes, que actúen bajo la estricta orden de esa Corte, mantendrán llaves, beepers y los códigos de acceso con el único propósito de expresar su fe y no podrán compartirlos con ninguna otra parte, persona u organización. Cualquier urbanización que cambie sus accesos a calles públicas debe notificarlo al municipio antes de hacer el cambio. El municipio será el responsable de entregar los nuevos métodos de acceso a los demandantes en las primeras 24 horas del cambio”, puntualizó el juez federal.
Gelpí destacó que será necesario la cooperación de para poder implementar sus directrices y todas las partes han demostrado su apertura para trabajar justos para resolver este asunto. “Se espera que los municipios trabajen de buena fe para garantizar que cada urbanización cumpla con la orden de esta Corte. Los testigos de Jehová, de igual forma se espera que respeten las directrices de este tribunal y que también respeten los deseos de los dueños de las propiedades. Si un dueño de propiedad coloca un letrero que diga ‘No Pase’ se espera que los testigos de Jehová respeten los deseos de los dueños de la propiedad”, apuntó.
La decisión representa y polémica es una victoria para la secta, pero afecta la práctica de control de acceso público a urbanizaciones y supone un golpe al bolsillo de los residentes de estas comunidades por lo oneroso que supone el cumplimiento de esta orden, explica Marga Parés Arroyo en El Nuevo Día. Según la decisión, para garantizar que este grupo sectario pueda llevar su mensaje sin ningún obstáculo, estas urbanizaciones deben proveerles los mecanismos de entrada (llave, beeper o el código de acceso) cuando no hay un guardia de seguridad privado en la entrada de estas comunidades.
El fallo de Gelpí destapa una caja de Pandora, ya que establece las bases para que otras organizaciones, religiosas o no, también exijan entrada a estas comunidades. Además, permitiría que esta orden se extienda a otros municipios de la Isla. Asimismo, podría replantear el futuro de urbanizaciones con acceso controlado en la medida que tal control parecería haberse esfumado.
De hecho, residentes en algunas de estas comunidades recibieron la determinación judicial con una ola de preocupación al interpretarla como un golpe a sus esfuerzos por sanear su entorno de la alta criminalidad generalizada en la Isla.
Para la licenciada Nora Vargas Acosta, representante legal de los testigos de Jehová en el caso en cuestión, el dictamen de Gelpí fortalece tanto el derecho a la libre expresión, garantizado a nivel constitucional, como el derecho de la libertad de culto o religión. “Me parece que es un reconocimiento importante”, sostuvo.
Expertos en derecho coinciden en que la decisión de Gelpí era el curso natural que debía tomar esta controversia. “Más que libertad de expresión, esto es un problema de acceso, del uso de calles y facilidades públicas”, sostuvo la licenciada Ana Irma Rivera Lassén, presidenta del Colegio de Abogados. Según el licenciado Carlos Ramos, aunque la decisión de Gelpí plantea“un remedio drástico”, garantiza la libertad de culto, el derecho de una minoría religiosa aun por encima de los reclamos de seguridad de los residentes de estos lugares con control de acceso.
“¡Pero qué pantalones! ¿Por qué tengo que tener a alguien tocando la puerta de mi casa, y de forma bien insistente?”. Así reaccionó Marta Fernández, residente de la urbanización con control de acceso Pradera Almira, tras conocer el fallo. Lo leemos en una crónica de Osman Pérez Méndez publicada en El Nuevo Día.
A Néstor Figueroa, vecino de Fernández en la citada urbanización de Toa Baja, el asunto no le preocupa. “Mientras la persona entre de forma decente, cualquiera que toque mi puerta de forma decente, mi puerta está abierta”, afirmó. Fernández entiende y acepta el hecho de que la calle es pública, pero considera que con el fallo “me están coartando mis derechos”.
“Si van por el medio de la calle, a mí no me importa. Pero ellos sí tocan a la puerta. Y tengo que salir, como he hecho antes, y decirles que se vayan, que no me interesa lo que traen. Yo no voy a imponerles mis creencias a otros, y creo que donde empiezan mis derechos terminan los tuyos”, insistió Fernández, al tiempo que se preguntaba por qué si el Gobierno quiere que entren, no establece bien claro un espacio de tiempo y garantías de seguridad.
Juan E. Miranda Mislán, presidente de la Asociación de Residentes de Pradera Almira, afirmó que el asunto está causando molestia. “Aquí hay 346 unidades y a más del 80% no le gusta y cuestiona las visitas de personas extrañas a la urbanización”, dijo Miranda, quien añadió que, no obstante, nunca ha impedido el paso de los testigos de Jehová.
“Ellos no se identifican como tal, sólo dicen que vienen a predicar. Pero a veces son 20 o 30 individuos caminando por las calles sin estar identificados. Los residentes están preocupados y yo estoy preocupado”, añadió Miranda, señalando que en urbanizaciones vecinas han ocurrido crímenes luego que personas entraran identificándose falsamente. “Me incomoda la decisión del juez Gelpí en parte porque diga que los residentes tengan que poner un letrero que no quieren visitas. Queremos ver la forma legal que se pueda lidiar con los residentes que no quieren eso (la visita a sus casas)”, indicó.
Todo apunta a que habrá un nuevo episodio en los tribunales entre los Testigos de Jehová y los residentes de las urbanizaciones con control de acceso, puesto que no está claro quién deberá pagar por el mecanismo para garantizarles la entrada a sus miembros a las comunidades cerradas. “Le tienes que dar acceso irrestricto igual que a un residente: 24 horas al día los siete días de la semana. Eso es lo que dice la orden del juez. AcontecerCristiano.Net
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